Obligaciones de los clientes
Constituyen obligaciones de los clientes o usuarios de los establecimientos hoteleros:
- Observar las normas usuales de educación, higiene y convivencia social hacia las personas, instituciones y costumbres de los lugares que utilicen o frecuenten.
- Aceptar y someterse a las normas particulares de los lugares, instalaciones y empresas cuyos servicios disfruten o contraten.
- Pagar el precio de los servicios utilizados en el momento de la presentación de la factura o en el plazo pactado, sin que, en ningún caso, el hecho de presentar una reclamación exima de las obligaciones de pago.
- Respetar las instalaciones del establecimiento.
- Respetar el entorno y los valores naturales evitando actuaciones imprudentes o irrespetuosas con la flora y fauna silvestre.
Queda prohibido a los clientes o usuarios de los establecimientos hoteleros:
- Introducir muebles o realizar obras o reparaciones en el alojamiento, cualquiera que sea su naturaleza.
- Alojar un mayor número de personas de las que correspondan a la capacidad máxima fijada para la unidad de alojamiento.
- Ejercer la actividad de hospedaje a terceros en el alojamiento o destinarlo a fines distintos de aquéllos para los que se contrató.
- Introducir materias o sustancias explosivas o inflamables u otras que puedan causar daños o molestias a los demás ocupantes del inmueble.
- Realizar cualquier actividad que entre en contradicción con los usos de convivencia, higiene y orden público habituales o que impida el normal descanso de otros usuarios del inmueble.
- Introducir animales sin autorización expresa de la empresa.
Obligación de respetar las instalaciones
Este edificio está protegido por la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid. En caso de ocasionar daños en el edificio, se pondrá en conocimiento del servicio de la Guardia Civil del Seprona.
El cliente se hará cargo de los posibles daños causados por negligencia o mal uso y los costes de su reposición.